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31/03/2023 (actualizado: 31/03/2023)

Los seguros ante los riesgos extraordinarios

 

Los desastres naturales siempre han existido y nos han dejado efectos desastrosos. Ahora por el cambio climático estas catástrofes han aumentado. Mucha gente ha perdido su patrimonio por culpa de ellos. Para evitar estas pérdidas desde hace tiempo existe la figura del Consorcio de Compensación de Seguros, para proteger cualquier contingencia que pueda afectar tanto a las personas como a sus propiedades o pertenencias

Existen situaciones normales de riesgo en el hogar, con el coche, o de protección familiar que se protegen con un seguro específico: seguros de hogar, seguros de coche o seguros de moto, seguros de salud o seguros de decesos, seguros de bicicleta o patinete, etc. Es decir, seguros para estar protegidos de las cosas que pueden pasar con poca frecuencia, pero que efectivamente pasan.

También ocurren situaciones extraordinarias, aquellas que estadísticamente suceden en contadas ocasiones y que sus efectos exceden a los de un riesgo normal.

Aquí es donde entran las atribuciones del Consorcio de Compensación de Seguros. Una entidad que se financia con una aportación mínima incluida en las pólizas que contratamos con la compañía que nos asegura el hogar, el coche, la salud, etc. Por eso, para tener derecho a una indemnización del Consorcio, es fundamental tener contratado un seguro con alguna entidad aseguradora.

Los riesgos que cubre el Consorcio son muchos, casi todos referidos a fenómenos naturales como inundaciones, tempestades, tornados, pero también engloba los daños ocasionados de forma violenta por terrorismo, rebelión y tumulto popular, e incluso, los daños que pueden ocasionar las fuerzas armadas en tiempos de paz.

El Consorcio todavía abarca más porque si, por ejemplo, en una colisión de vehículos el coche culpable no tiene seguro, o ha sido robado, también se está protegido por el Consorcio que cubrirá los gastos ocasionados.

Sin embargo, hay determinados riesgos que no son indemnizables ni siquiera por el Consorcio de Compensación de Seguros. Son los daños y siniestros producidos por siniestros armados; los calificados como catástrofe general por el Gobierno; los daños ocurridos por la mera acción del tiempo o de agentes meteorológicos distinto a los fenómenos de la naturaleza señalados como riesgos extraordinarios; y los daños causados en el transcurso de manifestaciones o huelgas generales.

Como se puede ver, estos riesgos no son extraordinarios sino realmente excepcionales. Por ejemplo, la declaración de catástrofe general no se ha producido nunca desde que se creó el Consorcio.

Lo importante es prever todas las circunstancias adversas que puedan suceder en la vida diaria y estar bien protegidos. MMT Seguros ofrece seguros de coche, moto, hogar, decesos y salud. Debemos estar protegidos cuando haya un riesgo normal, porque cuando haya uno extraordinario estaremos apoyados por el Consorcio.

 

 

 

Fuentes: 

Cómo solicitar reclamaciones al Consorcio de Seguros. 

BOE. Real Decreto sobre Riesgos Extraordinarios.   

Riesgos extraordinarios: la cobertura de inundación.

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