El próximo 1 de octubre de 2026 entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación, que introduce importantes novedades para conductores, motoristas, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), así como para taxistas y otros profesionales que utilizan el vehículo para trabajar.
Pero ¿qué cambia exactamente? Repasamos las principales novedades y cómo te afectan dependiendo del tipo de conductor que seas y el vehículo que utilices.
¿Qué cambia con el nuevo Reglamento General de Circulación?
1. Cambios en el reglamento para profesionales que utilizan su vehículo para trabajar
2. Cambios en el reglamento para conductores de coche
3. Cambios en el reglamento para conductores de moto
4. Cambios en el reglamento para conductores de bicicletas
5. Cambios en el reglamento para conductores de patinetes eléctricos y otros VMP
1. Cambios en el reglamento de circulación para profesionales que utilizan su vehículo para trabajar
Cinturón de seguridad obligatorio para taxistas, repartidores y profesores de autoescuela
Hasta ahora, determinados profesionales estaban exentos de utilizar el cinturón de seguridad en algunas circunstancias durante el ejercicio de su actividad.
Desde el 1 de octubre de 2026, esta excepción desaparece y, por tanto, los conductores de taxi, repartidores de mercancías, profesores de autoescuela y todos aquellos profesionales que pasan muchas horas al volante y realizan numerosos trayectos cortos a lo largo de su jornada deberán utilizar el cinturón de seguridad en los mismos términos que el resto de los usuarios.
Chaleco reflectante obligatorio para repartidores o riders
La reforma introduce también nuevas medidas de seguridad para quienes utilizan bicicletas o vehículos de movilidad personal como herramienta de trabajo.
Así, quienes utilicen la bicicleta para desarrollar su actividad profesional, como los repartidores o riders, deberán llevar chaleco reflectante durante su jornada laboral. La obligación se extiende también a los profesionales que trabajen utilizando un VMP, que deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
2. Cambios en el reglamento de circulación para conductores de coche
La reforma introduce también cambios que afectarán al día a día de cualquier conductor.
En atascos, obligatorio echarse a un lado
La nueva norma también modifica el comportamiento que debemos tener en una retención, si circulamos por autopistas y autovías. De este modo, a partir de ahora, cuando nos encontremos en un atasco, deberemos orillar el coche para dejar libre un pasillo central que permita el paso de vehículos de policía y servicios de emergencia.
Este espacio se denomina carril de emergencia y busca facilitar la llegada de los servicios de asistencia cuando se produce un accidente o cualquier otra situación que requiera una intervención urgente.
Nuevas normas para circular con nieve en autopistas y autovías
Desde ahora, cuando la circulación en autopistas y autovías se vea dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar. Además, deberemos circular obligatoriamente por el carril derecho dejando libre el izquierdo para facilitar el paso de vehículos de emergencia y máquinas quitanieves.
También cambian las normas para rebasar vehículos que se encuentren inmovilizados en la carretera por una avería, accidente, labores de auxilio o mantenimiento. En estos casos deberá mantenerse una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la vía.
Cinco metros de distancia cuando circules detrás de una bicicleta
En vías urbanas, los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a las bicicletas que circulen delante en el mismo carril.
Además, en vías interurbanas cambian las condiciones para adelantar a ciclistas. El conductor deberá reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía durante la maniobra y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Cuando existan varios carriles en el mismo sentido, será obligatorio realizar un cambio completo de carril.
Recuerda que además de conocer las nuevas normas de circulación, es importante que cuentes con una protección adecuada al uso que haces de tu vehículo.
3. Cambios en el reglamento de circulación para conductores de moto
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores son uno de los colectivos a los que más afecta el nuevo Reglamento General de Circulación.
Obligatorio el uso de calzado cerrado, guantes de protección en carretera y casco homologado
La nueva norma prohíbe circular en motocicleta o ciclomotor con sandalias, chanclas o descalzo, lo que quiere decir que, a partir de ahora, tanto los conductores como los pasajeros de motos y ciclomotores deberán utilizar calzado cerrado en todo tipo de vías.
Además, el Reglamento establece también el uso de guantes de protección para conductor y pasajero cuando circulen por vías interurbanas. No obstante, la obligación relativa a los guantes homologados será plenamente efectiva cuando entre en vigor la orden ministerial que determine sus especificaciones técnicas. Hasta entonces deberán utilizarse guantes de protección de las características que se emplean actualmente.
La reforma exige el uso de cascos homologados conforme al Reglamento UNECE R22. En el caso de los ciclomotores, los cascos simplemente certificados podrán seguir utilizándose hasta el 1 de octubre de 2027.
Las motos podrán circular por el arcén en determinados atascos
Una de las novedades más esperadas por los motoristas y que ahora se hace realidad es la regulación del uso del arcén durante las retenciones.
La nueva norma incluye la posibilidad de que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando exista una situación de retención o congestión de tráfico, pero sólo en los tramos expresamente habilitados y señalizados para ello.
Para hacerlo deberán respetar una velocidad máxima de 30 km/h, ir en fila de uno y señalizar correctamente la maniobra.
Si utilizas la moto en tus desplazamientos habituales, conocer las nuevas normas y contar con una protección adaptada a ti y a tu vehículo son dos aspectos fundamentales para circular con mayor tranquilidad.
4. Cambios en el reglamento de circulación para conductores de bicicletas
Los ciclistas son otro de los colectivos que adquieren especial protagonismo en el nuevo Reglamento General de Circulación.
Desde ahora, en vías urbanas, salvo que exista una vía específica para ellos, las bicicletas deberán circular por la calzada y lo harán preferentemente por el centro del carril. En vías con al menos dos carriles por sentido deberán utilizar el carril derecho, salvo para cambiar de dirección o por razones de seguridad.
La norma también permite que, en determinadas calles de carril único y limitadas a 30 km/h o menos, los ayuntamientos autoricen la circulación de bicicletas en ambos sentidos, siempre que exista la correspondiente señalización.
Por otro lado, hasta ahora existían determinadas excepciones que permitían a los ciclistas no utilizar casco en vías interurbanas. Con la reforma, esas excepciones desaparecen y todos los ciclistas estarán obligados a llevar casco en carreteras y otras vías interurbanas.
Si la bicicleta forma parte de tus desplazamientos habituales, cumplir las normas de circulación y utilizar el equipamiento adecuado son esenciales para moverte con seguridad, como lo es contar con un seguro específico para tu bicicleta que te proteja frente a imprevistos.
5. Cambios en el reglamento de circulación para conductores de patinetes eléctricos y otros VMP
La reforma del Reglamento General de Circulación también contempla cambios para los vehículos de movilidad personal.
Con la nueva ley, la edad mínima para conducir un VMP se establece en 15 años y será obligatorio utilizar casco de protección en cualquier tipo de vía urbana o interurbana homologada.
Además, por la noche o cuando exista poca visibilidad (como con niebla o lluvia intensa) los conductores de patinetes eléctricos y VMP deberán llevar obligatoriamente chaleco reflectante.
Además, para circular, los patinetes eléctricos deben estar inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, llevar la correspondiente etiqueta identificativa y contar con un seguro de responsabilidad civil.





